Como ya saben, en el Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, publicado en el BOE (pueden consultar la versión en PDF aquí) y por el que se aprueba el Reglamento de Centros de Reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores se indica, en la Sec. I Pág. 20701 (página 7 del PDF descargable), que la historia clínica debe estar firmada por cada facultativo, además de por el director médico pero, en cambio, no específica ni exige que deba usarse únicamente la firma manuscrita. Por ello, queremos recordarles que, tal y como indica la Ley 59/2003 de Firma Electrónica en su página 1 ‘A la firma electrónica reconocida le otorga la ley la equivalencia funcional con la firma manuscrita respecto de los datos consignados en forma electrónica.’ (Puede acceder al BOE completo pinchando aquí). Además, y dado que las historias clínicas deben ser conservadas durante 10 años por orden, nuevamente, del RD 170 /2010, la utilización de la versión electrónica ahorra espacio de almacenaje, disminuye la posibilidad de pérdida de los datos y aporta una gran fiabilidad de acceso a los documentos ya que, sin dificultad, puede hacerse una o varias copias de seguridad a través, también, del propio GIC (e) WIN, informatizadas y consultables en todo momento.
Desde General ASDE hemos incluido la opción de firmar digitalmente mediante nuestro Programa de Gestión GIC (e) WIN (versión 4 en adelante) las historias clínicas de una manera sencilla, generando así un documento válido y exportable que cumple la legalidad vigente y que, a la vez, no ocupa el gran espacio físico que ocuparían los documentos impresos. Deben recordar que para poder hacer uso de esta herramienta es necesario que todos los facultativos que intervengan en el diagnóstico dispongan de su firma digital, la cual pueden obtener en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, donde además encontrarán un manual –tanto escrito como en formato vídeo– de cómo conseguir dicho certificado.
Asimismo, desde la web Valide, perteneciente al portal 060.com (El Punto de Acceso a la Administración española), se puede consultar si un documento se ha firmado correctamente y es válido o si presenta algún error, así como si un certificado es válido y otro tipo de opciones relacionadas, pudiendo verificar que la historia clínica que ha firmado digitalmente tiene validez legal.
Finalmente, es de suma importancia recordar, también, que en el ya mencionado Real Decreto, Sec. I Pág. 20712 (página 17 del PDF descargable), indica cómo se ha modificado la presentación de la historia clínica, y de acuerdo con la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos), el cliente/paciente ya no debe firmar la propia historia clínica, sino que verificará sus datos mediante el documento ‘Consentimiento Informado’.